
Recuerda que, al efectuar la reprogramación no se contempla el cobro de interés moratorio o penalidad por el incumplimiento de los pagos. Sin embargo, en el momento que se aplica con la reprogramación se te ofrece un periodo de gracia que permite postergar el pago de las cuotas y se cobra el interés compensatorio por los días dejados de pagar, los cuales se calculan en base al saldo capital y con la misma Tasa de Interés Efectiva Anual (TEA) pactada en el contrato inicial.
Puedes solicitar reprogramar el pago de tu préstamo hasta por 90 días y como máximo en 3 oportunidades, sin que estas superen en total el máximo de 180 días.
Tu solicitud será evaluada de manera personalizada de acuerdo a las condiciones establecidas de reprogramación, conforme a lo dispuesto por la SBS. En caso se necesite alguna información adicional, nos estaremos contactando contigo.
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